RECOPILACIÓN JURISPRUDENCIAL

I.- INTRODUCCIÓN

1. Función jurisdiccional y organización judicial
* Independencia del poder judicialSTS nº. 79/2012, de 9 de febrero. Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo sobre la causa especial 20716 incoada por la querella presentada por Ingacio Peláez contra el magistrado Baltasar Garzón. Causa relacionada con las escuchas autorizadas por el magistrado en centro penitenciario.

2. Principios y formas del proceso

3. Hechos y actos procesales

II.- PROCESO CIVIL

4. Jurisdicción y competencia

5.  Las partes
* Asistencia jurídica gratuitaSTC 95/2003, de 22 de mayo de 2003. Sentencia del Tribunal Constitucional con ocasión de un recurso de inconstitucionalidad presentado contra el artículo 2 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, en la que se declara que la expresión "extranjeros que residan en España" debe referirse a la situación puramente fáctica de los que se hallan en territorio español. Tal sentencia se adopta con la inclusión de varios votos particulares en los que se manifiesta una discrepancia sobre el contenido del fallo.

6. La demanda 

7. Conductas del demandado frente a la demanda

8. La Audiencia Previa

9. La prueba
* Derecho constitucional a la pruebaSTC 80/2011, de 6 de junio de 2011.
* Prueba ilícita en el proceso civilSAP de Ciudad Real, de 4 de marzo de 2010. La Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y estima parcialmente el de la demandante, y en su virtud, se confirma que ha quedado acreditada la existencia de una sociedad irregular entre los litigantes, sin que se pueda declarar la ilicitud de la grabación telefónica como prueba, al ser uno de los intervinientes la actora.
* Prueba ilícita en el proceso civil. STS núm. 109/2011 de 2 de marzo. El artículo 287 LEC, como el artículo 11.1 LOPJ, tratan de evitar que se obtengan pruebas mediante procedimientos ilícitos que vulneren derechos fundamentales y que dichas pruebas logren efectividad en el proceso. Esta inefectividad queda determinada legalmente por el hecho de que se haya obtenido la prueba con infracción de un derecho fundamental de rango igual o superior al del propio derecho a la prueba; supuesto que no es el del presente caso.

10. La terminación del proceso y las crisis procesales

11. Los recursos

12. La cosa juzgada y los medios de rescisión y nulidad de sentencias firmes

13. Medidas cautelares y ejecución provisional

14. La ejecución forzosa 


III.- PROCESO PENAL  
* Competencia judicial internacionalAuto del Tribunal Supremo 1566/2011. El Tribunal Supremo aplica, con relación a la represión ocurrida en el Tíbet, la reforma legal de 2009 que cambió el tratamiento de la jurisdicción universal. De esta forma, la Sala de lo Penal ha dispuesto la no admisión del recurso de casación presentado por el Comité de Apoyo al Tíbet, la fundación privada Casa del Tíbet y Tubten Wangchen Sherpa.

* Detención judicialSTC de 21 de noviembre de 2011. El Tribunal Constitucional establece que, en los casos de detención judicial, el cómputo de privación de libertad de 72 horas comienza cuando se hace efectiva la orden de detención. Tal pronunciamiento ha sido emitido en la sentencia dictada por la Sala Primera con relación a la privación de libertad sufrida por uno de los implicados en la "Operación Malaya", a quien se reconoce una vulneración de derechos fundamentales.

 * Prision provisional. STC 140/2012 de 2 de julio de 2012. Recurso basado en que las razones tomadas en consideración por la Audiencia Provincial de Valencia para acordar la prórroga de la prisión provisional son injustificadas, insuficientes y exentas de toda consideración del hecho de que la sentencia de la propia Sala que le condenó acordara ex artículo 89 del Código Penal sustituir la pena de tres años y seis meses que le fue impuesta por la expulsión del territorio nacional con prohibición de regresar por período de diez años.

* Intervenciones telefónicas. STS 492/2012 de 14 de junio de 2012. Prueba fonométrica de reconocimiento de voz. No es exigible para la validez como prueba de cargo del contenido de las intervenciones telefónicas judicialmente autorizadas y adecuadamente incorporadas al juicio oral. La identificación de los acusados puede ser apreciada por el Tribunal sentenciador alcanzando su convicción probatoria en virtud de la evaluación de las circunstancias concurrentes que ponen de relieve la intervención de los acusados en las comunicaciones.

* Prueba ilícita. STS 109/2011 de 2 de marzo. El artículo 287 LEC, como el artículo 11.1 LOPJ, tratan de evitar que se obtengan pruebas mediante procedimientos ilícitos que vulneren derechos fundamentales y que dichas pruebas logren efectividad en el proceso. Esta inefectividad queda determinada legalmente por el hecho de que se haya obtenido la prueba con infracción de un derecho fundamental de rango igual o superior al del propio derecho a la prueba; supuesto que no es el del presente caso.

* In dubio pro reo: SAP Las Palmas de Gran Canaria 30/2010 de 21 de mayo de 2012. Así como la presunción de inocencia parte de la carencia de actividad probatoria de cargo desarrollada de manera legítima, el principio in dubio pro reo implica la existencia de una prueba contradictoria, incluida desde luego la de cargo, que el Juzgador, de acuerdo con el artículo 741 de la LECRim., valora. Si como consecuencia de esta valoración surge una duda razonable sobre la culpabilidad del acusado, la regla de incertidumbre que rige en nuestro ordenamiento jurídico obliga a su absolución.

* Proceso de menores. STC  146/2012 de 5 de julio. Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de Menores número 1 de Valencia en relación con diversos preceptso de la Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad de los menores. Derecho a un proceso con todas las garantías: validez de los preceptos legales que contemplan la posibilidad de que el instructor reciba declaración al menor cuando aquél lo estime pertinente y siempre que lo solicite en plazo la asistencia letrada del menor y que salvaguarden el derecho de éste a intervenir en el proceso dede la incoación del expediente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario