Según informa en su página web, el Senado aprobó el pasado 25 de abril una moción a través de la cual se insta al Gobierno a presentar ante las Cortes Generales el Proyecto de Ley que reforme de manera integral la actual Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial.
En el seno del debate parlamentario, el Grupo Parlamentario Popular -propulsor de la iniciativa mencionada- defendió la moción a través de las palabras del senador Altava Lavall, quien comenzó hablando de la necesidad de "conjugar el presente con el futuro, lo antiguo con lo
moderno, la estructura judicial que tenemos con aquella que también es de lege
data, aquella que ya está reformada, según la Ley Orgánica del Poder Judicial
del año 2003, con la nueva Oficina Judicial. Hace falta, por tanto, una
modificación tanto de la demarcación como de la planta judicial. La demarcación
—como saben sus señorías— atiende al ámbito territorial de la propia
jurisdicción, de la jurisdicción de cada unidad judicial. La planta hace
referencia a la composición que debe tener cada unidad judicial, determinando
si cada órgano jurisdiccional debe estar integrado por un juez, por un
magistrado o por un tribunal colegiado.
El Ministerio de
Justicia ya se ha puesto a ello. En acuerdo de Consejo de Ministros, de 2 de
marzo de 2012, se aprobó la creación de una comisión institucional que habría
de presentar al Ministerio de Justicia un informe sobre como debería
configurarse nuestra nueva ley de demarcación y planta. El ministro de Justicia
dijo en esta Cámara que para octubre de 2012 ya se tendría un primer texto que
le pasarían a él. Conforman esa
comisión institucional, bajo la coordinación del secretario de Estado, siete
miembros, comisión que debe emitir un informe al ministro. El ministerio debe
reunirse con todos los sectores implicados que afectan a la Administración de
Justicia, y precisamente —y trayendo a colación el objeto de esta moción—, con
las comunidades autónomas. Con todo ello, con todo el bagaje, con todo el
aprendizaje, con los acuerdos y consensos que se puedan derivar de ese acuerdo
del Ministerio de Justicia con las comunidades autónomas saldrá la nueva ley de
demarcación y planta judicial.
Esto es lo que
exigimos en este caso desde el Grupo Parlamentario Popular, que se cuente con
las comunidades autónomas, que la ley de demarcación y planta judicial que se
realice, se tengan o no competencias por parte de las comunidades autónomas,
cuente con su opinión para que puedan decir cómo desean que sea el mapa
judicial de su comunidad autónoma.
Por ello, la
nueva ley de demarcación y planta, señorías, va a requerir, por una parte, una
absoluta regulación de lo que es la demarcación —ya lo hemos dicho— de ese
ámbito territorial, una nueva regulación ex novo. No bastará la modificación de
los anexos 1 a 13 de la Ley 38/1988. Hace falta una nueva ley que recoja
ámbitos jurisdiccionales distintos para cada unidad judicial. En segundo lugar,
hará falta también una modificación de la planta, de la determinación, de la
composición de cada órgano jurisdiccional. Nuestra planta, siguiendo las
instrucciones dadas por la Ley Orgánica del Poder Judicial en la Ley 38/1988,
convirtió —si recuerdan— en juzgados de primera instancia e instrucción los
antiguos juzgados de distrito que desaparecieron con la Ley 38/1988. Además,
proveyó también la existencia de los juzgados penales en cumplimiento de la
sentencia del Tribunal Constitucional 145/1988 que —si lo recuerdan— impedía
que un mismo juez instruyera y fallara un determinado asunto, no así ocurría
con las faltas.
Esa
importantísima Ley 38/1988, que nos trajo una nueva planta judicial, hoy día
tiene que ser revisada. ¿Y por qué? Porque ha sufrido un desfase —como ustedes
conocen bien— muy importante. En el año 1988 había 2500 unidades judiciales
para 39 millones de habitantes. Hoy, para aproximadamente 46 millones de
habitantes, nos encontramos con 4981 unidades judiciales servidas por 5186
jueces y magistrados. Ha variado, y mucho, el panorama judicial español. Porque
el modelo de 1988, aquel de juez, secretario, oficial, auxiliar y agente no
sirve para nuestra sociedad. De hecho, solo en justicia sigue existiendo esa
manera de administrar o de realizar una función administrativa o jurisdiccional
como es la de este caso.
Tenemos que
seguir al modelo de 2003. La ley de demarcación y planta tiene que seguir a ese
modelo que todos nos dimos en el año 2003 de la nueva oficina judicial. Por
eso, se tiene que conseguir la extensión de la organización jurisdiccional
colegiada, quizás dejando para los órganos jurisdiccionales de base el órgano
unipersonal y pasando a tribunales colegiados en el sistema de recursos o para
posteriores grados.
Desde luego, la reforma legislativa de la
nueva ley de demarcación y de planta judicial por la que abogamos debe
entenderse dentro del marco de una reforma global mucho más ambiciosa para
nuestra Administración de Justicia; reforma que conllevaría, en primer lugar,
la ruptura del vínculo juez-juzgado, con la implantación de los tribunales de
instancia; en segundo lugar, que apueste por una justicia titular profesional,
con relegación de la justicia interina, en todo caso, a supuestos
excepcionales; en tercer lugar, que facilite un despliegue flexible y ordenado
de la nueva oficina judicial y, en cuarto lugar, que permita, indudablemente,
el desarrollo y aplicación de las nuevas tecnologías en las que estamos
abocados como medio de comunicación y garantía de accesibilidad y
transparencia".
Fuente: Senado.es
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