lunes, 30 de abril de 2012

El Senado aprueba una moción por la que se insta al Gobierno a que reforme la Ley de Demarcación y Planta Judicial

Según informa en su página web, el Senado aprobó el pasado 25 de abril una moción a través de la cual se insta al Gobierno a presentar ante las Cortes Generales el Proyecto de Ley que reforme de manera integral la actual Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial.

En el seno del debate parlamentario, el Grupo Parlamentario Popular -propulsor de la iniciativa mencionada- defendió la moción a través de las palabras del senador Altava Lavall, quien comenzó hablando de la necesidad de "conjugar el presente con el futuro, lo antiguo con lo moderno, la estructura judicial que tenemos con aquella que también es de lege data, aquella que ya está reformada, según la Ley Orgánica del Poder Judicial del año 2003, con la nueva Oficina Judicial. Hace falta, por tanto, una modificación tanto de la demarcación como de la planta judicial. La demarcación —como saben sus señorías— atiende al ámbito territorial de la propia jurisdicción, de la jurisdicción de cada unidad judicial. La planta hace referencia a la composición que debe tener cada unidad judicial, determinando si cada órgano jurisdiccional debe estar integrado por un juez, por un magistrado o por un tribunal colegiado.
El Ministerio de Justicia ya se ha puesto a ello. En acuerdo de Consejo de Ministros, de 2 de marzo de 2012, se aprobó la creación de una comisión institucional que habría de presentar al Ministerio de Justicia un informe sobre como debería configurarse nuestra nueva ley de demarcación y planta. El ministro de Justicia dijo en esta Cámara que para octubre de 2012 ya se tendría un primer texto que le pasarían a él. Conforman esa comisión institucional, bajo la coordinación del secretario de Estado, siete miembros, comisión que debe emitir un informe al ministro. El ministerio debe reunirse con todos los sectores implicados que afectan a la Administración de Justicia, y precisamente —y trayendo a colación el objeto de esta moción—, con las comunidades autónomas. Con todo ello, con todo el bagaje, con todo el aprendizaje, con los acuerdos y consensos que se puedan derivar de ese acuerdo del Ministerio de Justicia con las comunidades autónomas saldrá la nueva ley de demarcación y planta judicial.

Esto es lo que exigimos en este caso desde el Grupo Parlamentario Popular, que se cuente con las comunidades autónomas, que la ley de demarcación y planta judicial que se realice, se tengan o no competencias por parte de las comunidades autónomas, cuente con su opinión para que puedan decir cómo desean que sea el mapa judicial de su comunidad autónoma.

Por ello, la nueva ley de demarcación y planta, señorías, va a requerir, por una parte, una absoluta regulación de lo que es la demarcación —ya lo hemos dicho— de ese ámbito territorial, una nueva regulación ex novo. No bastará la modificación de los anexos 1 a 13 de la Ley 38/1988. Hace falta una nueva ley que recoja ámbitos jurisdiccionales distintos para cada unidad judicial. En segundo lugar, hará falta también una modificación de la planta, de la determinación, de la composición de cada órgano jurisdiccional. Nuestra planta, siguiendo las instrucciones dadas por la Ley Orgánica del Poder Judicial en la Ley 38/1988, convirtió —si recuerdan— en juzgados de primera instancia e instrucción los antiguos juzgados de distrito que desaparecieron con la Ley 38/1988. Además, proveyó también la existencia de los juzgados penales en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional 145/1988 que —si lo recuerdan— impedía que un mismo juez instruyera y fallara un determinado asunto, no así ocurría con las faltas.

Esa importantísima Ley 38/1988, que nos trajo una nueva planta judicial, hoy día tiene que ser revisada. ¿Y por qué? Porque ha sufrido un desfase —como ustedes conocen bien— muy importante. En el año 1988 había 2500 unidades judiciales para 39 millones de habitantes. Hoy, para aproximadamente 46 millones de habitantes, nos encontramos con 4981 unidades judiciales servidas por 5186 jueces y magistrados. Ha variado, y mucho, el panorama judicial español. Porque el modelo de 1988, aquel de juez, secretario, oficial, auxiliar y agente no sirve para nuestra sociedad. De hecho, solo en justicia sigue existiendo esa manera de administrar o de realizar una función administrativa o jurisdiccional como es la de este caso. 

Tenemos que seguir al modelo de 2003. La ley de demarcación y planta tiene que seguir a ese modelo que todos nos dimos en el año 2003 de la nueva oficina judicial. Por eso, se tiene que conseguir la extensión de la organización jurisdiccional colegiada, quizás dejando para los órganos jurisdiccionales de base el órgano unipersonal y pasando a tribunales colegiados en el sistema de recursos o para posteriores grados.

Desde luego, la reforma legislativa de la nueva ley de demarcación y de planta judicial por la que abogamos debe entenderse dentro del marco de una reforma global mucho más ambiciosa para nuestra Administración de Justicia; reforma que conllevaría, en primer lugar, la ruptura del vínculo juez-juzgado, con la implantación de los tribunales de instancia; en segundo lugar, que apueste por una justicia titular profesional, con relegación de la justicia interina, en todo caso, a supuestos excepcionales; en tercer lugar, que facilite un despliegue flexible y ordenado de la nueva oficina judicial y, en cuarto lugar, que permita, indudablemente, el desarrollo y aplicación de las nuevas tecnologías en las que estamos abocados como medio de comunicación y garantía de accesibilidad y transparencia".
 

Fuente: Senado.es

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