El ministro de
Justicia se ha opuesto ante sus homólogos europeos a que las comunicaciones
entre abogado y cliente puedan ser intervenidas por la Policía, Fiscalía u
otras autoridades sin autorización judicial. Esta posibilidad, incluida en una
directiva sobre asistencia letrada discutida hoy en Luxemburgo, ha sido considerada por la representación española como
contraria a lo que establece la ley en España y como un elemento que puede "incluso
vulnerar derechos fundamentales", según ha manifestado el propio Alberto Ruiz-Gallardón.
El ministro ha
condicionado su voto favorable a una declaración expresa de la Comisión Europea
con la postura de España, en la que se compromete a solicitar que el Parlamento
estudie la modificación del texto durante su tramitación en los próximos meses.
Así, la Comisión ha suscrito que "el proyecto no garantiza la total
protección de los derechos fundamentales en un proceso penal" y apoya la
tesis española de que "cualquier intervención o merma de un derecho
fundamental exija una autorización judicial". A esta declaración se ha
sumado también la delegación italiana.
Ruiz-Gallardón ha
explicado durante su intervención en el Consejo de Ministros de Justicia e
Interior celebrado ayer y hoy que España rechaza la propuesta inicial sobre la
asistencia letrada en los procedimientos penales porque prevé permitir la
intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente a "otra autoridad
competente", como pueden ser la Policía o la Fiscalía, sin una
autorización judicial previa.
En este sentido,
el ministro de Justicia español ha hecho hincapié en que “cualquier progreso
que la Unión Europea sea capaz de hacer” debe mantener el equilibrio “que
distingue a Europa como un espacio de libertad, de seguridad y justicia, en
donde la investigación del delito se acompaña de un repertorio de garantías
suficientes para el individuo, las cuales quedan protegidas, en última
instancia, por la tutela judicial”.
Ante sus
homólogos europeos ha sostenido que el texto estudiado “no se acomoda
suficientemente a los requerimientos del ordenamiento” español, e “incluso
podría vulnerar derechos fundamentales”, en referencia al de defensa y al
secreto de comunicaciones con el letrado que asume la representación procesal.
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