miércoles, 13 de junio de 2012

España se opone en la UE a que la Policía pueda realizar escuchas sin autorización judicial


 El ministro de Justicia se ha opuesto ante sus homólogos europeos a que las comunicaciones entre abogado y cliente puedan ser intervenidas por la Policía, Fiscalía u otras autoridades sin autorización judicial. Esta posibilidad, incluida en una directiva sobre asistencia letrada discutida hoy en Luxemburgo, ha sido considerada por la representación española como contraria a lo que establece la ley en España y como un elemento que puede "incluso vulnerar derechos fundamentales", según ha manifestado el propio Alberto Ruiz-Gallardón.


El ministro ha condicionado su voto favorable a una declaración expresa de la Comisión Europea con la postura de España, en la que se compromete a solicitar que el Parlamento estudie la modificación del texto durante su tramitación en los próximos meses. Así, la Comisión ha suscrito que "el proyecto no garantiza la total protección de los derechos fundamentales en un proceso penal" y apoya la tesis española de que "cualquier intervención o merma de un derecho fundamental exija una autorización judicial". A esta declaración se ha sumado también la delegación italiana.

Ruiz-Gallardón ha explicado durante su intervención en el Consejo de Ministros de Justicia e Interior celebrado ayer y hoy que España rechaza la propuesta inicial sobre la asistencia letrada en los procedimientos penales porque prevé permitir la intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente a "otra autoridad competente", como pueden ser la Policía o la Fiscalía, sin una autorización judicial previa. 

En este sentido, el ministro de Justicia español ha hecho hincapié en que “cualquier progreso que la Unión Europea sea capaz de hacer” debe mantener el equilibrio “que distingue a Europa como un espacio de libertad, de seguridad y justicia, en donde la investigación del delito se acompaña de un repertorio de garantías suficientes para el individuo, las cuales quedan protegidas, en última instancia, por la tutela judicial”.
Ante sus homólogos europeos ha sostenido que el texto estudiado “no se acomoda suficientemente a los requerimientos del ordenamiento” español, e “incluso podría vulnerar derechos fundamentales”, en referencia al de defensa y al secreto de comunicaciones con el letrado que asume la representación procesal.

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