El Fiscal General
del Estado, Eduardo Torres-Dulce, manifestó en el acto de apertura del acto
judicial que “el horizonte del Ministerio
Fiscal en el contexto del art. 124 CE no es otro sino el de avanzar hacia una
mayor autonomía frente a los Poderes Públicos. En ese dibujo constitucional que
tanto se aleja de sus conexiones históricas con el Poder Ejecutivo, su idea central
es la de su dependencia del principio de legalidad. Y junto con la legalidad la
imparcialidad, otro corolario más en su definición constitucional de autonomía”.
«Ese horizonte de autonomía constitucional que previó el art. 124 CE –continuó señalando el Fiscal General- no es nada si no se dan los pasos normativos necesarios para hacerla visible ante los ciudadanos. He de mostrar aquí y ahora mi satisfacción por cuanto el Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo que en nombre del Gobierno ha expresado públicamente, ha emprendido con diligencia y eficacia pasos decisivos en ese sentido como lo son una amplia individualización presupuestaria de las partidas previstas para el Ministerio Fiscal y la atribución de facto a la Fiscalía General de las funciones de formación inicial y continuada de fiscales que normativamente se atribuían al CEJ, órgano autónomo dependiente del Ministerio de Justicia.
» En estos
momentos avanzamos de forma resuelta
a la culminación del nuevo Libro Blanco del Ministerio Fiscal que
supone la radiografía crítica y autocrítica del estado de la Institución en sus
misiones y funciones, infraestructuras, plantillas, implantación tecnológica,
diseño de la oficina fiscal y formación. Todos los fiscales individual y
colectivamente en Juntas de fiscalías han participado en dicho análisis cuya decantación
final emprende en las próximas semanas el Consejo Fiscal. Ese Libro Blanco del
Ministerio Fiscal supondrá la presentación de un proyecto realista de futuro que
asegure las bases eficaces de su trabajo frente a los crecientes desafíos
normativos y sociales a los que nos enfrentamos. Ese diagnóstico junto con las
modificaciones que implicarán los futuros proyectos de reforma de la LECR, de
la LOPJ y de la de Demarcación y Planta conllevarán inevitablemente la reforma
del EOMF adecuándolo, entre otros extremos, a tales reformas, amén de servir
para una profundización en sus estructuras de decisión elegidas
democráticamente y en las de la especialización de sus órganos y organización
autonómica de éstos».
El Fiscal General del Estado insistió en que
dedicaría sus mejores energías en la lucha contra el terrorismo y la corrupción
económica,
señalando sobre este último extremo que «no podemos permitir que este fenómeno
siga envenenando el funcionamiento de la economía de nuestro país, la integridad
de las arcas públicas, la probidad en las relaciones comerciales y el cabal desempeño
de las prerrogativas y funciones públicas».
Ya por último,
procedió a efectuar una sintética referencia a los datos que obran en la
Memoria de la Fiscalía General del Estado del año. «Sumados los procedimientos
judiciales por delito y por falta se
alcanza en el año 2011 la cifra total de 5.290.617 causas penales, 69.398 más
que las incoadas en el año 2010, lo que supone un aumento porcentual
del 1,33 por 100. Por otra parte, las variaciones interanuales observables en
la litigiosidad penal en los años inmediatos precedentes ofrecen la misma
impresión de estabilización tras el ligero descenso estadístico que se observó
en el año 2010. En esa cifra general figuran las correspondientes a las faltas
tipificadas en el Libro III del CP y que han motivado en el año 2011 la
incoación de 812.086 expedientes, de los cuales el MF ha intervenido en
303.022, lo que da idea de la importancia
que va a significar la despenalización de buena parte de ellas, tal y como se
prevé en la próxima reforma del CP, lo que supondrá un notable alivio a la sobrecargada
jurisdicción penal y la posibilidad de derivar los esfuerzos ahora consagrados
a los juicios de faltas hacia sectores de mayor incidencia penal por la protección
penal y procesal respecto de bienes jurídicos más esenciales para la convivencia
social».
«Mención especial
debe hacerse al ámbito de los procesos
penales de la Audiencia Nacional en la que se incoaron a lo largo del año 2011
un total de 1.151 diligencias previas, lo que permite determinar una reducción
general del número de procedimientos en relación con la cifra tabulada
en el año precedente. Esa reducción estadística en parte obedece a la
disminución de la actividad terrorista relacionada con ETA y su entorno pero
asimismo se debe a la limitación de la competencia atribuida a la Audiencia
Nacional respecto de ciertos delitos cometidos por organizaciones o grupos
criminales operada por la reforma del CP en 2010.
» Merece ser
destacada la importancia relativa que
en nuestro sistema de justicia penal han alcanzado las diligencias urgentes
para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos, dado que el 50
por 100 del total de las calificaciones deducidas por el Ministerio Fiscal en
el año 2011 se han producido en dicha modalidad procesal.
» Es igualmente reseñable la investigación desarrollada
de forma autónoma por el Ministerio Fiscal en la fase previa al proceso:
en el año 2011 un total de 14.159 diligencias de investigación, 964 más que en
el año 2010, lo que representa un incremento del 7,30 por 100.
» En definitiva,
tras el descenso de la criminalidad que se pudo observar en el año 2010, el año
2011 se caracteriza por una estabilización de las cifras totales aparentemente
representativa de un mantenimiento de las tasas delictivas generales.
» El análisis
cualitativo de las estadísticas proporciona sin embargo una imagen menos
halagüeña de nuestra situación, pues se observa una evolución al alza de tipologías y medios comisivos caracterizados
por la lesión o puesta en riesgo de bienes jurídicos eminentemente personales,
como la integridad física y moral, o la libertad, seguridad e intimidad de las
personas, particularmente visible en el incremento de las modalidades del asesinato,
robos con violencia e intimidación, en casa habitada, extorsiones e incluso
actos coactivos ejecutados sobre denunciantes, partes e intervinientes en
procesos judiciales.
» También es
reseñable el incremento de causas
contra la administración pública en tipologías clave, como la prevaricación, el
cohecho, el tráfico de influencias y la malversación de caudales públicos,
aumento que aunque puede obedecer en parte a una mayor eficacia investigadora
de la policía judicial y de los órganos judiciales y fiscales, también es
síntoma de un deficiente tono ético en el desempeño de ciertos cargos, sobre el
que hemos de reflexionar como colectividad.
» También es preocupante el panorama reflejado por
algunas de las nuevas
tipologías introducidas en la reforma penal
operada por la LO 5/2010, que al investir de nomen iuris propio a determinados
comportamientos antijurídicos motivan el afloramiento estadístico de patologías
sociales de extraordinario impacto criminológico: es el caso de la trata de
seres humanos con fines de explotación sexual y laboral, auténtica prolongación
de la esclavitud en la era contemporánea, con frecuentes ramificaciones
transnacionales, que sume a colectivos desvalidos, principalmente mujeres e
inmigrantes, menores de edad incluidos, en condiciones de vida infrahumanas, o
los atentados contra la indemnidad sexual de los niños y preadolescentes, en
ocasiones mediante el empleo insidioso y abusivo de las nuevas tecnologías de
comunicación, que comprometen un valor determinante de nuestro futuro como es
la infancia, del que no podemos desentendernos.
» La desazón que
inevitablemente suscitan las estadísticas criminales cuando resultan negativas
no debe embargar nuestro buen sentido a la hora de emprender cambios legislativos,
pues no siempre el agravamiento
punitivo es la respuesta adecuada. La lección que nos suministran la
Ciencia del Derecho y la Criminología es que el Derecho Penal no soluciona
problemas, simplemente sale al paso de conflictos insolubles en otras
instancias mediante el empleo de la forma más extrema de coerción legítima, la
pena.
» Al inicio de
este nuevo año judicial, me vienen a la mente las luminosas palabras del
Marqués de Beccaria, fuente permanente de inspiración para los penalistas: toda pena que no se deriva de la absoluta
necesidad es tiránica; impulsemos pues toda reforma que aumente la
eficiencia del sistema penal, pero hagámoslo con el espíritu magnánimo de un
Albert Camus que nos recuerda que si el hombre fracasa en conciliar la justicia
y la libertad, fracasa en todo”.
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