miércoles, 19 de septiembre de 2012

Eduadro Torres-Dulce: "La despenalización de buena parte de las faltas supondrá un notable alivio a la sobrecargada jurisdicción penal"

El Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, manifestó en el acto de apertura del acto judicial que “el horizonte del Ministerio Fiscal en el contexto del art. 124 CE no es otro sino el de avanzar hacia una mayor autonomía frente a los Poderes Públicos. En ese dibujo constitucional que tanto se aleja de sus conexiones históricas con el Poder Ejecutivo, su idea central es la de su dependencia del principio de legalidad. Y junto con la legalidad la imparcialidad, otro corolario más en su definición constitucional de autonomía”.


«Ese horizonte de autonomía constitucional que previó el art. 124 CE –continuó señalando el Fiscal General- no es nada si no se dan los pasos normativos necesarios para hacerla visible ante los ciudadanos. He de mostrar aquí y ahora mi satisfacción por cuanto el Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo que en nombre del Gobierno ha expresado públicamente, ha emprendido con diligencia y eficacia pasos decisivos en ese sentido como lo son una amplia individualización presupuestaria de las partidas previstas para el Ministerio Fiscal y la atribución de facto a la Fiscalía General de las funciones de formación inicial y continuada de fiscales que normativamente se atribuían al CEJ, órgano autónomo dependiente del Ministerio de Justicia.

» En estos momentos avanzamos de forma resuelta a la culminación del nuevo Libro Blanco del Ministerio Fiscal que supone la radiografía crítica y autocrítica del estado de la Institución en sus misiones y funciones, infraestructuras, plantillas, implantación tecnológica, diseño de la oficina fiscal y formación. Todos los fiscales individual y colectivamente en Juntas de fiscalías han participado en dicho análisis cuya decantación final emprende en las próximas semanas el Consejo Fiscal. Ese Libro Blanco del Ministerio Fiscal supondrá la presentación de un proyecto realista de futuro que asegure las bases eficaces de su trabajo frente a los crecientes desafíos normativos y sociales a los que nos enfrentamos. Ese diagnóstico junto con las modificaciones que implicarán los futuros proyectos de reforma de la LECR, de la LOPJ y de la de Demarcación y Planta conllevarán inevitablemente la reforma del EOMF adecuándolo, entre otros extremos, a tales reformas, amén de servir para una profundización en sus estructuras de decisión elegidas democráticamente y en las de la especialización de sus órganos y organización autonómica de éstos».

El Fiscal General del Estado insistió en que dedicaría sus mejores energías en la lucha contra el terrorismo y la corrupción económica, señalando sobre este último extremo que «no podemos permitir que este fenómeno siga envenenando el funcionamiento de la economía de nuestro país, la integridad de las arcas públicas, la probidad en las relaciones comerciales y el cabal desempeño de las prerrogativas y funciones públicas».

Ya por último, procedió a efectuar una sintética referencia a los datos que obran en la Memoria de la Fiscalía General del Estado del año. «Sumados los procedimientos judiciales por delito y por falta se alcanza en el año 2011 la cifra total de 5.290.617 causas penales, 69.398 más que las incoadas en el año 2010, lo que supone un aumento porcentual del 1,33 por 100. Por otra parte, las variaciones interanuales observables en la litigiosidad penal en los años inmediatos precedentes ofrecen la misma impresión de estabilización tras el ligero descenso estadístico que se observó en el año 2010. En esa cifra general figuran las correspondientes a las faltas tipificadas en el Libro III del CP y que han motivado en el año 2011 la incoación de 812.086 expedientes, de los cuales el MF ha intervenido en 303.022, lo que da idea de la importancia que va a significar la despenalización de buena parte de ellas, tal y como se prevé en la próxima reforma del CP, lo que supondrá un notable alivio a la sobrecargada jurisdicción penal y la posibilidad de derivar los esfuerzos ahora consagrados a los juicios de faltas hacia sectores de mayor incidencia penal por la protección penal y procesal respecto de bienes jurídicos más esenciales para la convivencia social».

«Mención especial debe hacerse al ámbito de los procesos penales de la Audiencia Nacional en la que se incoaron a lo largo del año 2011 un total de 1.151 diligencias previas, lo que permite determinar una reducción general del número de procedimientos en relación con la cifra tabulada en el año precedente. Esa reducción estadística en parte obedece a la disminución de la actividad terrorista relacionada con ETA y su entorno pero asimismo se debe a la limitación de la competencia atribuida a la Audiencia Nacional respecto de ciertos delitos cometidos por organizaciones o grupos criminales operada por la reforma del CP en 2010.

» Merece ser destacada la importancia relativa que en nuestro sistema de justicia penal han alcanzado las diligencias urgentes para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos, dado que el 50 por 100 del total de las calificaciones deducidas por el Ministerio Fiscal en el año 2011 se han producido en dicha modalidad procesal.
» Es igualmente reseñable la investigación desarrollada de forma autónoma por el Ministerio Fiscal en la fase previa al proceso: en el año 2011 un total de 14.159 diligencias de investigación, 964 más que en el año 2010, lo que representa un incremento del 7,30 por 100.

» En definitiva, tras el descenso de la criminalidad que se pudo observar en el año 2010, el año 2011 se caracteriza por una estabilización de las cifras totales aparentemente representativa de un mantenimiento de las tasas delictivas generales.
» El análisis cualitativo de las estadísticas proporciona sin embargo una imagen menos halagüeña de nuestra situación, pues se observa una evolución al alza de tipologías y medios comisivos caracterizados por la lesión o puesta en riesgo de bienes jurídicos eminentemente personales, como la integridad física y moral, o la libertad, seguridad e intimidad de las personas, particularmente visible en el incremento de las modalidades del asesinato, robos con violencia e intimidación, en casa habitada, extorsiones e incluso actos coactivos ejecutados sobre denunciantes, partes e intervinientes en procesos judiciales.

» También es reseñable el incremento de causas contra la administración pública en tipologías clave, como la prevaricación, el cohecho, el tráfico de influencias y la malversación de caudales públicos, aumento que aunque puede obedecer en parte a una mayor eficacia investigadora de la policía judicial y de los órganos judiciales y fiscales, también es síntoma de un deficiente tono ético en el desempeño de ciertos cargos, sobre el que hemos de reflexionar como colectividad.

» También es preocupante el panorama reflejado por algunas de las nuevas
tipologías introducidas en la reforma penal operada por la LO 5/2010, que al investir de nomen iuris propio a determinados comportamientos antijurídicos motivan el afloramiento estadístico de patologías sociales de extraordinario impacto criminológico: es el caso de la trata de seres humanos con fines de explotación sexual y laboral, auténtica prolongación de la esclavitud en la era contemporánea, con frecuentes ramificaciones transnacionales, que sume a colectivos desvalidos, principalmente mujeres e inmigrantes, menores de edad incluidos, en condiciones de vida infrahumanas, o los atentados contra la indemnidad sexual de los niños y preadolescentes, en ocasiones mediante el empleo insidioso y abusivo de las nuevas tecnologías de comunicación, que comprometen un valor determinante de nuestro futuro como es la infancia, del que no podemos desentendernos.

» La desazón que inevitablemente suscitan las estadísticas criminales cuando resultan negativas no debe embargar nuestro buen sentido a la hora de emprender cambios legislativos, pues no siempre el agravamiento punitivo es la respuesta adecuada. La lección que nos suministran la Ciencia del Derecho y la Criminología es que el Derecho Penal no soluciona problemas, simplemente sale al paso de conflictos insolubles en otras instancias mediante el empleo de la forma más extrema de coerción legítima, la pena.

» Al inicio de este nuevo año judicial, me vienen a la mente las luminosas palabras del Marqués de Beccaria, fuente permanente de inspiración para los penalistas: toda pena que no se deriva de la absoluta necesidad es tiránica; impulsemos pues toda reforma que aumente la eficiencia del sistema penal, pero hagámoslo con el espíritu magnánimo de un Albert Camus que nos recuerda que si el hombre fracasa en conciliar la justicia y la libertad, fracasa en todo”.

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